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viernes, 23 de noviembre de 2012

LA TÓRTOLA SE SALVÓ. ¿PARA CUANDO EL ARRUI? GEOGRAFICAMENTE MARRUECOS ESTÁ MÁS CERCA QUE TURQUIA!


Aquí os dejo lo publicado sobre la tórtola, otro animal considerado por el Decreto 213/2009 exótico- invasor ¿y ahora qué hacemos con el arruí?  dañino y peligroso, pero  que la Conselleria lleva 3 años incumpliendo sus propias normas de gestión, ! para cuando algo de sentido común en todo esto!!!!!! 

http://www.levante-emv.com/comunitat-valenciana/2012/09/06/tsj-declara-autoctona-tortola-turca-prohibe-caza/933787.html

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Sentencia

El TSJ declara autóctona a la tórtola turca y prohibe su caza

Una sentencia da la razón a Acció Ecologista Agró y dictamina que la especie sea excluida del catálogo de especies invasoras porque llegó al territorio valenciano sin intervención humana

 05:30
Una tórtola bebe agua de un escape de riego por goteo.

Una tórtola bebe agua de un escape de riego por goteo.  m. molines
MÓNICA ROS VALENCIA La tórtola turca está de enhorabuena. El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) le ha dado la razón a Acció Ecologista Agró y ha dictaminado la exclusión de este ave del catálogo valenciano de especies exóticas invasoras, lo que implica, de forma directa, dejar de estar en el punto de mira de los cazadores.
La tórtola turca fue incluida en el listado de especies invasoras hace tres años, lo que suponía una serie de medidas de control. Sin embargo, el pasado mes de julio, la Generalitat incluyó la especie en la Orden de Vedas, lo que implicaba que, a excepción de en las ciudades y sus proximidades, la tórtola se podía cazar en cualquier espacio cinegético, de manera simultánea a la práctica de modalidades o técnicas de caza menor que cuentan con autorización. Desde Acció Ecologista Agró aseguraron ayer que, tras esta sentencia, la Conselleria d Medio Ambiente deberá suspender estos permisos y realizar una campaña informativa entre los cazadores "además de asumir la responsabilidad medioambiental de los daños ocasionados a esta especie".
El fallo del TSJ data del 3 de julio, aunque fue notificado el pasado lunes. Por ello, fuentes de la Conselleria de Medio Ambiente aseguraron "desconocer" la sentencia y las medidas que va a adoptar el Consell al respecto.
Al parecer la clave en la inclusión o no de ejemplares en el catálogo de especies exóticas invasoras se centra en si su llegada a la zona se debe a la intervención del ser humano. De esta forma se considera si la expansión de una especie es "natural", o no. Desde Acció Ecologista Agró explicaron que la tórtola turca (Streptopelia decaocto) es una especie originaria de Asia Central que, desde principios del siglo XX, ha ampliado sus dominios hacia el continente europeo. Pero lo ha hecho sin intervención del ser humano. Por ello el TSJ nos da la razón en el recurso que presentamos contra el decreto de 2009 que consideraba, de forma errónea, la inclusión de la tórtola turca como una especie exótica invasora".
Además, la sentencia refleja -según la asociación ecologista- que la Generalitat Valenciana "no ha justificado las razones para incluir las diferentes especies que conforman el catálogo. Ni lo ha hecho con la tórtola ni con el resto de ejemplares". El fallo también hace hincapié en uno de los argumentos de la Generalitat que afirmaba que la Unió Internacional para la Conservació de la Natura clasificaba a la tórtola como especie exótica en España "cuando, en realidad, la considera 'nativa'" y que el convenio de Berna, incluso, "prohibe su caza en todo el estado español".
Indulto para la carpa, el carpí y la perca americana por ser autóctonas
La misma sentencia del TSJ que protege ahora a las tórtolas turcas ha decidido hacer lo propio con tres clases de peces y dejarlos fuera del catálogo de especies exóticas invasoras a pesar de que, según Acció Ecologista Agró, suponen "un grave riesgo para el medio ambiente". Se trata de la carpa, el carpí y la perca americana. La asociación solicitó que se incluyeran en el catálogo en cuestión "porque han sido introducidas por el ser humano, representan un peligro para la fauna autóctona y no se han declarado como especie invasora por el interés que despiertan en la pesca deportiva". Agró aportó en el proceso diferentes estudios sobre estas especies, pero el TSJ argumenta en la sentencia "que la justicia no puede completar las omisines de un reglamento". Por ello, el TSJ no entra a estudiar en fondo de al cuestión "aunque reconoce la falta de argumentación" del Consell en este asunto. "Nos preocupa la permisividad de la Generalitat con ciertas especies por motivos económicos", concluyeron desde Agró.

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